¿Qué es el divorcio contencioso y el divorcio de mutuo acuerdo?

El divorcio contencioso es la disolución del vínculo conyugal realizado ante un juez. A diferencia del divorcio de mutuo acuerdo, en aquél no existe conformidad para ponerle fin o acuerdo de ambas partes respecto al convenio regulador.

El principal requisito en todos los tipos de divorcio, ya sean de mutuo acuerdo, contencioso o exprés, es el tiempo. Debe haber transcurrido al menos 3 meses desde el momento de su celebración para que las partes puedas solicitar el divorcio o separación legal con plenos efectos.

divorcio contencioso y divorcio de mutuo acuerdo

Tipos de divorcio

La principal diferencia entre el divorcio contencioso y el divorcio de mutuo acuerdo es precisamente este último elemento: el acuerdo. El divorcio en sentido estricto se regula en los artículos 85 a 89 del Código Civil. Sin embargo, muchas de las previsiones de la separación son aplicables al divorcio. Además, en los artículos 90 y siguientes, se establecen ciertos efectos comunes a la nulidad, la separación y el divorcio como formas de poner fin al matrimonio.

La ley nos habla principalmente de dos tipos de divorcio. El divorcio contencioso puede ser solicitado por uno de los cónyuges sin el consentimiento del otro. Para ello deberá presentar una demanda contenciosa ante el Juzgado de Familia. Al no existir acuerdo entre ambas partes, la demanda no incorpora nunca el convenio regulador. Será el Juez, llegado el caso, quién establezca las medidas básicas que regularán el estado en el que quedarán las obligaciones contraídas por las partes.

Por otro parte, el divorcio de mutuo acuerdo parte de la base que existe plena conformidad por ambas partes. Además, existe acuerdo en relación con todas las medidas a tener en cuenta. Una vez plasmadas en el convenio regulador, éste debe ser ratificado por un Juez. Para ello se exige que se den de manera simultánea tres requisitos:

  • Conformidad de ambas partes. Debe constar expresamente en el convenio regulador.
  • El Convenio Regulador debe contener todas las medidas paterno filiales y distribución de bienes existentes en el matrimonio. En el divorcio de mutuo acuerdo con hijos debe establecerse necesariamente el reparto de la guardia y custodia de estos, el reparto de gastos asociados a su manutención o la pensión de alimentos, en su caso. En estos casos, cuando se pretenda obtener este tipo de medidas, siendo voluntad de ambas partes, será necesario interponer frente al cónyuge una demanda de medidas paterno filiales de mutuo acuerdo.
  • Deben haber transcurrido al menos 3 meses desde la celebración del matrimonio.

Diferencia entre separación y divorcio

Esta es una cuestión nuclear. Aunque, a priori, pueda parecer lo mismo; estas dos formas de poner fin al matrimonio son sustancialmente diferentes. En primer lugar, en la separación no se disuelve el vínculo matrimonial, por lo que los cónyuges no podrían contraer segundas nupcias. En cambio, con el divorcio sí se produce la extinción de ese vínculo conyugal.

La separación legal necesita de una sentencia que la reconozca y establezca las medidas que regularan este cese efectivo de convivencia. No ocurre así con la separación de hecho, en la que los cónyuges únicamente interrumpen su convivencia sin ninguna otra repercusión en el régimen económico o familiar.

Por su parte, el divorcio es una situación definitiva de disolución del matrimonio. Los cónyuges podrían volver a casarse, al haber extinguido su matrimonio. Esto no tiene nada que ver con la nulidad matrimonial. Este concepto hace referencia a aquella situación declarada mediante sentencia judicial por la que se niega la validez del matrimonio, haciéndolo ver como si nunca hubiera existido. En este caso, se privaría a ese matrimonio de todos los efectos producidos por carecer de validez.

Cuánto cuesta un divorcio

Esta pregunta es probablemente una de las más comentadas cuando una pareja se plantea el divorcio. Pues bien, la diferencia es notable según estemos ante un divorcio de mutuo acuerdo o un divorcio contencioso. No es lo mismo un divorcio de mutuo acuerdo con hijos que un divorcio contencioso sin hijos. Cuantos más condicionantes existan y más medidas paterno filiales haya que establecer, la complejidad del divorcio irá aumentando. Cuando existen hijos menores, deben marcarse una serie de medidas paternofiliales. Esto aplica tanto para este tipo de situaciones como para el establecimiento de medidas paterno filiales de hijos no matrimoniales o concebidos fuera del matrimonio a disolver.

En el divorcio de mutuo acuerdo el precio suele oscilar entre los 500 € y los 1.000 €. Mientras que en el divorcio contencioso el precio, a menudo, es superior a los 2.000 €. Hay que tener muy claro que en cada caso concreto el precio puede variar de manera significativa.

Qué es el convenio regulador

Como hemos comentado, el convenio regulador es el documento elaborado por las dos partes del matrimonio en el que incluyen las medidas personales y patrimoniales que van a regir tras la separación o divorcio. Este documento es ineludible.

Respecto a las medidas patrimoniales, el convenio regulador debe indicar cómo se liquidará la sociedad de gananciales, qué reparto de bienes se hará y qué bienes pertenecen a cada cónyuge. También es posible establecerse, por un lado, la pensión de alimentos a favor de los hijos y, por otro, la pensión compensatoria a favor de cónyuge más desfavorecido económicamente. Este documento tiene como objetivo regular las relaciones paterno filiales que quedarán subsistentes tras el divorcio o separación.

En el caso de que existan hijos, deberá preverse al menos las siguientes cuestiones:

  • Régimen de guarda y custodia de los hijos. Desde hace ya algunos años, se ha establecido como régimen preferente la custodia compartida, salvo que las circunstancias del caso concreto, sugieran otra cosa. Para determinar qué régimen establecer, se atiende exclusivamente al interés de los menores.
  • Régimen de visitas y comunicaciones. Esto tiene como objetivo asegurar a aquel progenitor el contacto mínimo con los hijos que no están bajo su cuidado. Normalmente se incluye el reparto de las festividades como Navidad, periodo vacacional de verano, cumpleaños, etc.
  • Disponibilidad y uso de la vivienda común. Lo más habitual es que el domicilio sea puesto a disposición de los hijos, viviendo el progenitor que tenga su guarda y custodia con ellos.
  • Pensión de alimentos. Este suele ser uno de los temas que más problemas plantean. Su fijación debe valorar, entre otras cosas, la situación económica del progenitor y las necesidades del menor.