El concurso de delitos: real, ideal y medial

El concurso de delitos es una figura penal que tiene lugar cuando a una persona se le imputan una pluralidad de hechos que son constitutivos de delito. Esto puede tener su origen en una única acción con varios resultados o como resultado de diferentes acciones.

Según el supuesto en el que nos encontremos, estaremos ante un concurso real de delitos, un concurso ideal de delitos o un concurso medial de delitos. Cada uno de ellos tiene una regulación distinta, lo que a su vez supone la aplicación de diferentes reglas para determinar la pena a imponer.

Concurso ideal de delitos

El primero de ellos, el concurso ideal de delitos, se encuentra regulado en el artículo 77.1 y 77.2 del Código Penal. Este artículo nos ofrece ya una definición muy breve y clara de lo que se entiende por “ideal”: cuando un solo hecho constituya varios delitos. Ampliando un poco más esa definición, también estamos ante un concurso ideal de delitos cuando una misma acción o hecho infringe varias veces la misma norma.

A su vez, dentro de esta modalidad de concurso, podemos distinguir entre concurso homogéneo y concurso heterogéneo. El primero se da cuando los preceptos infringidos son iguales y el segundo cuando con dicha acción se cometen diferentes tipos de delito.

La pena a imponer será la prevista para la infracción más grave cometida, en su mitad superior. Este criterio tiene una salvedad: si la pena a imponer resulta mayor a la suma de las penas que cabría imponer de forma separada, entonces deberán sancionarse de manera separada.

Ejemplos de concurso ideal de delitos

Para poder entender con claridad cómo funciona el concurso ideal de delitos, veremos unos ejemplos.

Ejemplo A: una persona lanza una piedra a la luna de un coche y acaba produciendo lesiones al conductor por el impacto. En este caso, el sujeto sería culpable de un delito de daños y de un delito de lesiones, aunque sólo hubiera realizado una acción (lanzar la piedra). Conforme al artículo 77.2 CP, deberíamos aplicar la pena impuesta para la infracción más grave en su mitad superior, esto es:

  • Delito de daños (art 264 CP): pena de multa de 6 a 24 meses.
  • Delito de lesiones (art 148.2º CP): pena de prisión de dos a cinco años.

La mitad superior del delito de lesiones sería de 3 años y medio a 5 años de prisión. Mientras que, si se aplicara de manera de forma independiente, el sujeto sería condenado, por un lado, a una multa y, por el otro, a pena de prisión de 2 a 5 años.

Ejemplo B: un sujeto empuja en una discusión a tres personas por las escaleras y acaban falleciendo, por lo que, sería condenado por tres delitos de homicidio con pena de prisión de 10 a 15 años. A priori, deberíamos aplicar únicamente la mitad superior del delito más grave, que en este caso sería el mismo: 12 años y medio a 15 de prisión. Sin embargo, el Tribunal Supremo ha señalado que, cuando concurra dolo eventual en delitos contra la vida, deberá aplicarse las reglas del concurso real de delitos. De este modo, no cabría la absorción agravada del delito más grave respecto a los demás cometidos.

Concurso real de delitos

El concurso real de delitos, en cambio, tiene lugar cuando con diferentes acciones se producen varios resultados. O lo que es lo mismo: cometer varios delitos a través de diferentes acciones. Esta figura penal se encuentra regulada en el artículo 73 del Código Penal. Su aplicación supone que deban imponerse las diferentes penas para su cumplimiento simultáneo. Esto se conoce como principio de acumulación y, en caso de no ser posible el cumplimiento simultáneo, se comenzará por la pena más grave acorde con el art 75.

Antes de entrar a conocer algunos ejemplos, es importante tener en cuenta que existen una serie de limitaciones al cumplimiento de pena impuesto por el concurso real de delitos. En primer lugar, el cumplimiento efectivo de condena no podrá superar nunca el triple de la pena más grave o el límite de 20 años. Excepcionalmente, este límite máximo podrá ser superior en los siguientes casos:

  • 25 años: castigado por dos o más delitos y alguno esté castigado con pena de prisión de hasta 20 años.
  • 30 años: castigado por dos o más delitos y alguno esté castigado con pena de prisión de superior a 20 años.
  • 40 años: castigado por dos o más delitos y, al menos, dos estén castigados con pena de prisión de superior a 20 años. El mismo límite se aplicará cuando hayamos sido castigados por dos o más delitos relacionados con el terrorismo y alguno de ellos esté castigado con pena de prisión superior a 20 años.
  • Previsión especial para el caso de que concurran dos o más delitos y alguno de ellos esté castigado con pena de prisión permanente revisable.

A este respecto, hay que tener en cuenta que este límite opera, aunque los hechos enjuiciados lo hayan sido en diferentes procedimientos, respecto al primero que sea enjuiciado.

Ejemplos de concurso real de delitos

En el caso del concurso real de delitos, el ejemplo más habitual es el que tiene lugar cuando una persona dispara contra varias causándoles la muerte. En este caso, será responsable de tantos delitos de asesinato como personas haya matado.

También estamos ante un concurso real de delitos cuando una persona roba en una tienda golpeando el escaparate y lesiona a una persona en su huida. Por tanto, el sujeto sería responsable de un delito de robo con fuerza, así como de un delito de lesiones.

La pena que se impondría en los concursos reales de delitos descritos sería sólo una, que englobaría los tres delitos cometidos. En caso de no ser posible, entonces se realizaría un cumplimiento sucesivo de las penas, comenzando por la más grave. En el segundo ejemplo, comenzaríamos cumpliendo la pena prevista para el delito de robo con fuerza (de 1 a 3 años de prisión, frente a los 3 meses a 3 años de prisión del delito de lesiones).

Concurso medial de delitos

Actualmente, podemos afirmar que estamos ante un concurso medial de delitos, cuando el delito medial sea necesario para cometer el segundo. Partimos de una base de necesidad concreta aplicada al supuesto en cuestión, sin que quepa entenderlo como una necesidad abstracta. Según esta última teoría, el delito final nunca podría darse sin la existencia del delito medial y sin atender al caso concreto. Es importante que exista un nexo de instrumentalidad entre los delitos, no siendo suficiente la mera conveniencia del autor para su comisión.

Esta figura penal, regulada en el art 77.1 y 77.3 CP, impone la aplicación de una pena mayor a la prevista para la infracción más grave, sin que pueda exceder de la suma de ambas de forma separada. Estas reglas especiales de determinación de la pena también están sujetas a los límites de cumplimiento previstos para el concurso real.

Como ves, el concurso medial de delitos es un concurso real (varias acciones y varios resultados) castigado como si de un concurso ideal se tratase (absorción del delito menos grave). Esto ha hecho que sea conocido como concurso ideal impropio de delitos.

Ejemplos de concurso medial de delitos

Uno de los ejemplos más claros de concurso medial de delitos es el delito de falsificación y estafa. La falsificación de documento se entiende necesaria para cometer el delito de estafa. Lógicamente, en este caso, no es necesariamente obligatoria la comisión de la falsedad; sin embargo, se presenta como necesario para poder cometer con éxito el delito de estafa en cuestión. En este ejemplo, la condena a imponer sería la superior prevista para el delito de estafa.

Otro ejemplo de concurso medial de delitos es también la provocación de un incendio en un inmueble con el objetivo de cobrar el seguro, cometiendo así un delito de estafa.

Diferencia entre concurso ideal y concurso real

Una vez analizados los distintos tipos de concurso de delitos, la diferencia entre concurso ideal y concurso real de delitos parece clara: la pluralidad de acciones. Como punto intermedio entre ambas figuras tenemos el concurso medial de delitos que sanciona como un concurso ideal aquellos delitos cometidos en concurso real. Sólo que en este caso será necesario que un delito sea medio necesario para cometer otro.

Por último, la prescripción del delito juega un papel muy importante en los concursos de delitos, ya que debe computarse tomando como referencia la infracción más grave.